lunes, 17 de junio de 2013

Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas, visita de experto a México y expectativas




Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas, visita de experto a México y expectativas

17 de junio de 2013

En días pasados el Sr. Rainer Huhle, miembro del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas realizó una visita a México. Se reunió con familiares de personas desaparecidas y organizaciones civiles en la ciudad de Saltillo Coahuila. Asimismo realizó algunas reuniones en la Ciudad de México. El Sr. Rainer explicó de manera sintética que el Comité es un órgano derivado de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Persona contra las Desapariciones Forzadas. Esta Convención tiene antecedentes en la década de 1970 cuando las dictaduras de América de Sur se caracterizaron por la represión y violaciones a los derechos humanos. En 1980 la ONU crea al grupo de Trabajo sobre Desaparición Forzada, en 1992 la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada; en 2003 la Asamblea General mandata a un grupo de expertos para redactar la Convención que es creada en 2006 para entrar en vigor en 2010.

El Sr. Rainer comentó algo que por supuesto nos da mucho para pensar pero que era perfectamente previsible: no se pueden investigar casos anteriores al 2010. Los Estados se encargaron de que esto quedara muy claro en la Convención. Es decir, en general, los casos de desapariciones forzadas de los años setenta del siglo XX, de la guerra sucia, de las dictaduras del Cono Sur y otras tantas en todo el mundo ¿quedarán impunes?

El Comité está conformado por expertos independientes que no son jueces. Santiago Corcuera, académico y abogado mexicano fue nombrado este año como uno de estos expertos. El Comité vigila el cumplimiento de la Convención y recibe los informes de los Estados respecto al cumplimiento de ésta. Por cierto, México no ha presentado su informe y ya le toca.

El Comité cuenta con un mecanismo de Acción Urgente, mediante el cual una persona puede denunciar, o avisar sobre una desaparición. Como México ya ratificó la Convención,  ya podemos utilizar esta vía de comunicación con el Comité. No hay un plazo de tiempo para realizar tal acción, en cuanto desaparezca la persona se puede dar este aviso y el Comité actúa para exigir al Estado realice las acciones pertinentes para encontrar a la persona  desaparecida. ¿Y luego? Pues depende del Estado, de qué tan rápido se muevan las autoridades para realizar las acciones de investigación o judiciales.

El estado Mexicano no ha realizado la declaración de aceptación de los procedimientos individuales que pueden realizarse al Comité. Para ello debe aceptar el artículo 31 de la Convención. He aquí un trabajo por realizar desde la sociedad civil, exigir al Estado Mexicana realizar la declaración a favor de la competencia del Comité para recibir denuncias individuales de acuerdo al artículo 31.

La visita del Sr. Rainer fue muy ilustrativa, al menos la percepción es que es un hombre comprometido que cree en la causa de las víctimas. El Comité es una opción para el grave problema de la desaparición forzada pero está muy lejos aún de poder dar respuesta a las interrogantes, peticiones, súplicas y expectativas de quienes tienen a un familiar desaparecido. Para quienes claman justicia, la visita del experto alemán fue interesante pero no logró quitar la sensación de que seguimos muy solos, muy indefensos y rodeados de impunidad e indiferencia por parte de muchas autoridades.

Ana Luisa Nerio Monroy
@aluisanerio


































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