Comité
de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas, visita de experto a México
y expectativas
17 de junio de 2013
En días pasados el
Sr. Rainer Huhle, miembro del Comité de Naciones Unidas contra las
Desapariciones Forzadas realizó una visita a México. Se reunió con familiares de
personas desaparecidas y organizaciones civiles en la ciudad de Saltillo
Coahuila. Asimismo realizó algunas reuniones en la Ciudad de México. El Sr. Rainer
explicó de manera sintética que el Comité es un órgano derivado de la Convención
Internacional para la Protección de Todas las Persona contra las Desapariciones
Forzadas. Esta Convención tiene antecedentes en la década de 1970 cuando las
dictaduras de América de Sur se caracterizaron por la represión y violaciones a
los derechos humanos. En 1980 la ONU crea al grupo de Trabajo sobre Desaparición
Forzada, en 1992 la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas
contra la Desaparición Forzada; en 2003 la Asamblea General mandata a un grupo
de expertos para redactar la Convención que es creada en 2006 para entrar en vigor
en 2010.
El Sr. Rainer comentó
algo que por supuesto nos da mucho para pensar pero que era perfectamente
previsible: no se pueden investigar casos anteriores al 2010. Los Estados se
encargaron de que esto quedara muy claro en la Convención. Es decir, en
general, los casos de desapariciones forzadas de los años setenta del siglo XX,
de la guerra sucia, de las dictaduras del Cono Sur y otras tantas en todo el mundo
¿quedarán impunes?
El Comité está
conformado por expertos independientes que no son jueces. Santiago Corcuera,
académico y abogado mexicano fue nombrado este año como uno de estos expertos. El
Comité vigila el cumplimiento de la Convención y recibe los informes de los
Estados respecto al cumplimiento de ésta. Por cierto, México no ha presentado
su informe y ya le toca.
El Comité cuenta
con un mecanismo de Acción Urgente, mediante el cual una persona puede
denunciar, o avisar sobre una desaparición. Como México ya ratificó la Convención, ya podemos utilizar esta vía de comunicación con
el Comité. No hay un plazo de tiempo para realizar tal acción, en cuanto
desaparezca la persona se puede dar este aviso y el Comité actúa para exigir al
Estado realice las acciones pertinentes para encontrar a la persona desaparecida. ¿Y luego? Pues depende del Estado,
de qué tan rápido se muevan las autoridades para realizar las acciones de
investigación o judiciales.
El estado
Mexicano no ha realizado la declaración de aceptación de los procedimientos
individuales que pueden realizarse al Comité. Para ello debe aceptar el artículo
31 de la Convención. He aquí un trabajo por realizar desde la sociedad civil,
exigir al Estado Mexicana realizar la declaración a favor de la competencia del
Comité para recibir denuncias individuales de acuerdo al artículo 31.
La visita del
Sr. Rainer fue muy ilustrativa, al menos la percepción es que es un hombre
comprometido que cree en la causa de las víctimas. El Comité es una opción para
el grave problema de la desaparición forzada pero está muy lejos aún de poder
dar respuesta a las interrogantes, peticiones, súplicas y expectativas de
quienes tienen a un familiar desaparecido. Para quienes claman justicia, la
visita del experto alemán fue interesante pero no logró quitar la sensación de
que seguimos muy solos, muy indefensos y
rodeados de impunidad e indiferencia por parte de muchas autoridades.
Ana Luisa Nerio
Monroy
@aluisanerio
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