viernes, 13 de octubre de 2017

La pena de muerte 2017: a la baja pero no es suficiente



Autora: Ana Luisa Nerio Monroy.


Esta es algo así como una cita anual. Prácticamente desde hace 20 años, escribo algo, que publico en algún lugar, sobre la pena de muerte. Es algo así como un “disgusto culposo”. Este fue el tema que de manera definitiva me llevó a estudiar y después a trabajar en asuntos relacionados con los derechos humanos. Así que…aquí vamos. Revisemos cómo anda hoy el mundo respecto a esta grave violación a los derechos humanos. Adelanto que aunque hay avances, el panorama sigue siendo malo, sobre todo en países en donde en general los derechos humanos no son respetados y con gobiernos autoritarios.


Amnistía Internacional (AI) informa que 104 son abolicionistas. En 2016 la República de Benín (Noroeste de África) la República de Nauru (Isla de la Micronesia-Oceanía) abolieron la pena de muerte en la ley para todos los delitos. En la práctica otros 37 países son abolicionistas pues no han realizado ejecuciones en muchos años. Eso nos da un total de 141 países.[1]
Pero otros 23 países realizaron ejecuciones. Recordemos que esto se basa en datos conocidos. Puede haber más países y más ejecuciones. Al menos tres mil 117 personas han sido condenadas a muerte en 55 países en 2016.

También AI  ha documentado que en 2016, mil 032 personas fueron ejecutadas  mediante alguna de estas formas: decapitación, electrocución, ahorcamiento, inyección letal y disparo en la nuca por pelotón de fusilamiento.

La Coalición Mundial contra la Pena de Muerte reporta que en 2016, los 5 países que más ejecutaron en el mundo fueron: Arabia Saudita, China, Irak, Irán y Paquistán.[2]

Contra a la pena de muerte existen fuertes argumentos basados en el enfoque de los derechos humanos. En principio, la pena de muerte niega el derecho fundamental de la vida pues deja en el poder del estado la decisión de quién vive o quién muere; es un castigo de consecuencias irreversibles en el que siempre existe un margen de error humano. “En Estados Unidos, desde 1976, 150 condenados a muerte han sido absueltos. En algunos casos, la absolución llegó cuando ya habían sido ejecutados”.[3]

La pena de muerte no disuade a los delincuentes. Quien va a cometer un crimen de manera premedita o no, no piensa en que será atrapado y condenado a muerte. “Suele emplearse en sistemas de justicia sesgados. Algunos de los países que más personas ejecutan tienen sistemas judiciales profundamente injustos. Los tres países que más usan la pena capital (China, Irán y Arabia Saudí) lo hacen en circunstancias turbias y poco claras. Muchas condenas de muerte se basan en "confesiones" obtenidas mediante tortura”.[4]

La pena de muerte se aplica de forma discriminatoria. Generalmente  son sentenciadas y ejecutadas más personas pertenecientes a minorías étnicas, en situación de marginación o pobreza o con enfermedades mentales. Es además, una arma política para deshacerse de personas que no son afines al gobierno o que le causan algún “problema político”.

El marco legal internacional que prohíbe la pena de muerte está constituido por el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Protocolo núm. 6 al Convenio Europeo de Derechos Humanos y Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.  No hay una prohibición internacional que obligue a todos los países a terminar con la pena de muerte.

En México no existe la pena capital como forma de castigo legalmente reconocida. Por el contrario, en nuestro vecino país del Norte sí hay pena de muerte y se realizan ejecuciones. En 2016 los Estados Unidos de América realizaron 20 ejecuciones y se dictaron 32 condenas. Cabe señalar que las cifras de ejecuciones y de condenas en los EUA van a la baja, lo que es bueno pero no suficiente.


@aluisanerio








[1] Amnistía Internacional. Pena de Muerte. https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/temas/pena-de-muerte/
[2] Coalición Mundial contra la pena de Muerte. http://www.worldcoalition.org/es/worldday.html
[3] Amnistía Internacional”, Op.Cit.
[4] Ibídem.