lunes, 30 de septiembre de 2013

Personas adultas mayores, dignidad, derechos y discriminación



Personas adultas mayores, dignidad, derechos y discriminación
(Parte2)

Autora. Ana Luisa Nerio Monroy
30 de septiembre de 2013

La discriminación impide, obstaculiza o restringe el goce y ejercicio de los derechos humanos; se le considera un eje transversal, es decir que permea o atraviesa por todos los derechos, para entender el por qué la población, sujeta a diversas condiciones, características o situaciones, no puede hacer efectivos sus derechos. La discriminación por edad avanzada es una de las más comunes a nivel mundial y nuestro país no es la excepción. La discriminación hacia las personas adultas mayores es un problema arraigado culturalmente en la sociedad y en nuestros tiempos se acentúa debido, entre otras posibles causas, a la tendencia a sobrevalorar la juventud y el concepto de belleza. Lo que es joven es bello y viceversa. La juventud se equipara con bienestar, la salud, poder y productividad. En contrario sensu, la vejez se asimila con el declive, la enfermedad, la pérdida de capacidades físicas, económicas y productivas.

En materia de discriminación hacia las personas adultas mayores, la encuesta Nacional de Discriminación 2010 (ENADIS 2010) del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) indica que 27.9 por ciento de las personas mayores de 60 años han sentido alguna vez que sus derechos no han sido respetados por su edad. En el caso del Distrito Federal, entidad con el mayor porcentaje de personas mayores de 60 años, La Encuesta sobre Discriminación en la Ciudad de México (EDIS-CdMx 2013) del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México (Copred) revela que el 7 por ciento de la población encuestada considera que la edad avanzada es una de las principales causas de discriminación; el 83 por ciento dice que sí se discrimina a las personas adultas mayores; de los 40 grupos de población discriminados en la Ciudad de México, las personas adultas mayores ocupan el quinto lugar.

A pesar de que uno imaginaría que en un país con tanto apego o los ideales de la “familia unida”, las personas adultas mayores son objeto de violencia, discriminación y exclusión social. El primer espacio en donde muchas personas adultas mayores son maltratadas física, económica y emocionalmente, es la familia. El Instituto Nacional de Geriatría señala que (http://www.geriatria.salud.gob.mx/descargas/FS_VIOLENCIA_MALTRATO.pdf) de diversos estudios revisados uno indica que en 2006, se estimó una prevalencia de violencia contra personas adultos mayores de 16.2 por ciento para la Ciudad de México. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, realizada en 2011, revela que 17.8 por ciento de las mujeres con 60 y más años de edad habían sufrido al menos un tipo de violencia en los últimos doce meses por parte de su pareja actual. Una de las graves  formas de violencia contra las personas adultas mayores en la económica que en algunos casos implica el despojo de sus pertenencias, incluyendo sus viviendas.

Por supuesto existe la violencia estructural en donde ubicamos a todo este sistema económico, social y político en el que las personas adultas mayores son: 1) De acuerdo a su capacidad de consumo, potenciales clientes o “nichos de mercado” para productos variados que van desde lugares de entretenimiento hasta productos para el cuidado de la salud; 2) Usuarios de servicios públicos y privados en lo que, nuevamente, dependiendo del ingreso que poseen o hayan acumulado, son vistos como clientes o beneficiarios en una lógica asistencialista; 3) Potenciales votantes.

A manera de guía, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) cuenta con “Los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad” aprobados mediante la resolución 46/91 de la Asamblea General del 16 de diciembre de 1991. Estos principios, si bien no son vinculantes, sirven de referencia sobre los mínimos que deben realizar los Estados a favor de su población adulta mayor para que: tengan acceso a alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de salud adecuados; la oportunidad de trabajar o de tener acceso a otras oportunidades de generar ingresos; acceso a programas educativos y de formación adecuados; la posibilidad de vivir en entornos seguros; permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afecten directamente a su bienestar y poder compartir sus conocimientos y pericias con las generaciones más jóvenes; disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad; acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional; acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado; disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidados o tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad; poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotación y de malos tratos físicos o mentales; recibir un trato digno, independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su contribución económica.

Al mismo tiempo es necesario insistir en la responsabilidad que como sociedad tenemos en promover el respeto y cuidado de las personas adultas mayores. Reeducarnos, educar y formar a las nuevas generaciones en el reconocimiento de los saberes de las personas adultas mayores, revalorar sus experiencias y recordarnos que todas y todos envejeceremos.

@aluisanerio

martes, 24 de septiembre de 2013

Día Internacional de las Personas Adultas Mayores. Situación y Derechos



Día Internacional de las Personas Adultas Mayores. Situación y Derechos (Parte1)

Autora. Ana Luisa Nerio Monroy
24 de septiembre de 2013

En materia de derechos humanos de los grupos de población, las variables de sexo y edad deben estar siempre presentes. No es lo mismo hablar de los derechos y las violaciones que éstos sufren, cuando nos referimos a  niñas y niños, personas jóvenes, adultas o adultas mayores. La edad es sin duda una de las variables más importantes para entender el grado de vulnerabilidad, discriminación o afectación que una persona tiene en el acceso, goce y ejercicio de sus derechos humanos. El Próximo 1ro de octubre se conmemora a nivel internacional el Día Internacional de las Personas de Edad, o de las Personas Adultas Mayores y por ello es necesario revisar la situación en que se encuentra este grupo de la población.

El Censo de Población 2010, revela que la población mexicana de 60 años y más asciende a 10 millones 055 mil, 379 personas, es decir, 9.06 por ciento de la población total del país. De acuerdo con un análisis del Instituto de Geriatría, de 2000 a 2012, la población adulta mayor creció a una tasa anual del 3.8 por ciento e indica que en aproximadamente 18 años, la población adulta mayor se duplicará. Como sabemos, uno de los grandes retos del país es enfrentar el envejecimiento de su población y generar las políticas públicas que permitan atender las necesidades de una población más vieja y con más años de esperanza de edad.

El estudio citado nos brinda la siguiente información respecto a la población mayor a 60 años:1) por cada 87 hombres mayores de 60 años hay 100 mujeres, es decir, hay más mujeres adultas mayores que hombres y eso en términos de políticas públicas, particularmente de salud, implica acciones distintas, que reconozcan las especificidades de la salud femenina;2) 74 por ciento de la población reside en localidades urbanas y 26 por ciento vive en zonas rurales. Se señala que el envejecimiento es urbano y ello a su vez obliga a pensar en la manera que se atienden o desatienden y hacen efectivos los derechos de las personas que viven en el medio rural y el enorme reto que implica dar atención y servicios a una población concentrada en las ciudades; 3) A partir de los 60 años, los adultos mayores tienen una esperanza de vida de 20.9 años para los hombres y de 22.9 años para las mujeres. La ciencia y la tecnología han permitido que la esperanza de vida a nivel mundial se incremente. El tema a revisar es la calidad de esos años de vida; 4) 74.4 por ciento de los adultos mayores de 60 años en México saben leer y escribir un recado. La desigualdad y la discriminación se acentúan en ciertos subgrupos, por ejemplo, de los 958 mil 259 adultos mayores que son hablantes de lengua indígena, 573 mil 475 (casi 6 de cada 10) son analfabetas. ((http://bvs.insp.mx/articulos/8/numeralia_envejecimiento_2012.pdf)

En materia del derecho a la salud, nos encontramos con graves problemas para que las personas adultas mayores ejerzan este derecho de manera integral y digna. El 27. 4 por ciento no tiene el beneficio de la atención de algún sistema de salud público, por lo que cualquier enfermedad deberá ser cubierta con medios propios. Eso coloca a las personas adultas mayores en un estado de gran vulnerabilidad y bajo graves situaciones de violencia económica ejercida por la familia y sociedad. Del 72.6 por ciento con derecho a recibir atención a la salud, el 38.8 por ciento es derechohabiente del IMSS, el 20 por ciento del Seguro Popular, el ISSSTE atiende al 9.3 por ciento y el 4.1 por ciento es atendido por otra institución.

La Organización de las Naciones Unidas determinó que el tema de la conmemoración de año sea “El futuro que queremos: lo que dicen las personas mayores”, con miras a hacer visible el esfuerzo de diverso sectores, entre éstos la sociedad civil, por colocar en la agenda del desarrollo de los países los derechos de las personas adultas mayores y el envejecimiento de la población. La pregunta es ¿está en la agenda nacional? ¿Están nuestros gobernantes conscientes y preparando estrategias para todo lo que implica el envejecimiento de la población? ¿Se respetan y dan condiciones para que todas las personas adultas mayores ejerzan sus derechos?. Por lo pronto lo que sí sabemos que tenemos de tarea como sociedad es visibilizar lo que pasa, exigir que se respeten los derechos de las personas adultas mayores, impulsar propuestas de políticas públicas y legislación; y trabajar desde casa, por una cultura del respeto que dignifique a las personas adultas mayores.

@aluisanerio

martes, 17 de septiembre de 2013

13 años clamando justicia para Ángel:militarización y derechos de la infancia



13 años clamando justicia para un Ángel: Militarización y derechos de la infancia

17 de septiembre de 2013
Por: Ana Luisa Nerio Monroy

Este 17 de septiembre de 2013 se cumplen trece años del incidente por el cual Ángel Díaz Cruz, un niño de 9 años perdió la vida a causa de la explosión de un artefacto que confundió con un juguete. Ángel salió aquel día a recolectar hongos comestibles junto a su amigo Ricardo López Hernández de 11 años. Con el supuesto “juguete” en las manos, los niños regresaban a su casa y en el camino se encontraron con otro joven, José Leonardo López Hernández (18 años). Sin saber que se trataba de un proyectil de mortero, los chicos iban jugando con éste y al caerse explotó, ocasionando la muerte de Ángel y heridas graves a Ricardo y José. Todo esto ocurrió en el municipio del “El Aguaje” ubicado en San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. El municipio colinda con un campo de tiro del ejército mexicano, para precisar, con la 31 Zona Militar.

Casos como este nos recuerda, guardando las debidas proporciones, los miles de muertes y mutilaciones sufridas por personas y particularmente por niñas y niños en diferentes países del mundo a causa de las “minas antipersonal”, objetos creados con formas y colores atractivos que hacen presa fácil a quienes las confunden con juguetes o que debido a que se encuentran ocultas entre la tierra y hierba, son accionadas por el paso de las personas. La instalación de minas antipersonal se considera una de las prácticas más reprobables de cualquier guerra ya que su ubicación y desactivación resulta muy compleja y costosa. El que el descuido de militares mexicanos dejara un artefacto de este tipo al alcance de población civil es una violación grave de los derechos humanos. Este tipo de artefacto es además muy atractivo para niñas y niños, colocándolos como principales víctimas. Por ello, el Estado Mexicano violentó entre otros instrumentos internacionales, la Convención de los Derechos del Niño y la Niña. El Estado mexicano incumple con su obligación de salvaguradar la vida, seguridad e integridad física de todas las niñas, niños y adolescentes.

Esta tragedia se dio en medio del contexto de militarización de la entidad y de la presencia de bases del ejército en zonas habitadas por pueblos y comunidades indígenas. En el momento de la investigación, el caso fue trasladado de la Procuraduría de Justicia Estatal a la Procuraduría General de la República por tratarse de armas de uso exclusivo del ejército. Posteriormente el caso fue trasladado a la justicia militar donde ha quedado impune. El Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas” (Frayba) ha documentado durante estos años el caso y al no encontrar vías jurídicas en el ámbito nacional para obtener justicia para las víctimas y sus familias, recurrieron a instancias internacionales. El pasado 16 de agosto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), notificó al Frayba la admisibilidad de la petición conocida como “El Aguaje” Caso 12.915.

Será importante mantenernos al tanto de lo que resuelva la CIDH y seguir exigiendo: que los casos vinculados con violaciones a los derechos de población civil no sean resueltos dentro de la justicia militar; el cumplimiento de las recomendaciones hechas al Estado mexicano por diversos mecanismos internacionales en materia de desmilitarización de zonas habitadas por pueblos y comunidades indígenas;  así como insistir en obtener ¡Justicia para Ángel!

@aluisanerio

viernes, 13 de septiembre de 2013

Derechos de la Infancia y EPU



Derechos de la infancia y Examen Periódico Universal

14 de septiembre de 2013
Por: Ana Luisa Nerio Monroy

Reconocer a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos y no como meros receptores de las decisiones tomadas por los adultos, implica un cambio de paradigma sobre el cómo se conciben los derechos de la infancia. Es común que personas servidoras públicas e inclusive la ciudadanía, exprese con grandilocuencia que la “la infancia es el futuro de México”, sin que ello se refleje en políticas públicas, legislación y acciones que garanticen una vida digna, plena y libre de violencia, a las más de 39 mil niñas, niños y adolescentes que forman parte de la población del país.

En 1995 un grupo de organizaciones comenzaron a articularse para trabajar a favor de los derechos de niñas y niños en el país y en 2001 surge la Red por los Derechos de la Infancia (REDIM), coalición que hoy cuenta con 75 organizaciones. La REDIM elaboró el “Informe sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes en México. Segundo ciclo del Examen Periódico Universal, México 2013” en que de manera sintética brindan un panorama de cómo se encuentra los derechos de niña, niños y adolescentes, quienes, en conjunto, representan el 34.9 por ciento de la población total del país. Como otros informes elaborados para el Examen Periódico Universal al que es sometido cada cuatro años nuestro país, este documento brinda información relacionada con las recomendaciones que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU realizó al Estado mexicano. No abarca todos los derechos ni todas las violaciones a las que se enfrenta la infancia en nuestro país, pero sí nos centra en algunos de los problemas estructurales que hay que resolver.

Aunque México es Estado parte de la Convención de los Derechos del Niño, del Protocolo Facultativo sobre la participación de niños en conflictos armados y del Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía, no así del Tercer Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicación, que resulta de gran relevancia ya que permitiría que las niñas, niños y adolescentes y sus representantes sean quienes realicen directamente denuncias ante el Comité de los Derechos del Niño sobre violaciones a sus derechos. El Protocolo promueve tres de los principios básicos de la Convención: participación infantil, interés superior del niño y no discriminación. Además, con este Protocolo las quejas o denuncias recibidas por el Comité de expertos le permitirían emitir recomendaciones sin que sea necesario esperar los 5 años de presentación de los informes del país. La REDIM recomienda al Estado Mexicano ratificar dicho Protocolo.

Una de los obstáculos más importante para que niñas, niños y adolescentes gocen de sus derechos es la falta de mecanismos adecuados y funcionales de coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno responsables de garantizar los derechos de la infancia y por ello se propone crear una Ley General para la Garantía de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que coordine a las diferentes instancias relacionadas con los derechos de este grupo de la población (salud y educación, por ejemplo) y en los tres niveles: federal, estatal y municipal. Esta Ley deberá crear un Sistema Nacional que a diferencia de lo que ahora es el DIF, reconozca a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos y no como objetos de asistencia.

La REDIM ha realizado una amplia labor de investigación y sistematización de información sobre los efectos en la vida de niñas, niños y adolescentes, de la estrategia contra el crimen organizado y la delincuencia, de los últimos 7 años. En el informe para el EPU se indica que desde 2005, 1 mil 701 niñas, niños y adolescentes han muerto a causa de sucesos relacionados con el crimen organizado. Datos de 2012 revelan que  siete de cada diez homicidios contra adolescentes de 15 a 17 años de edad, ocurren por arma de fuego. No existen datos oficiales desagregados sobre el número de niñas, niños y adolescentes heridos, detenidos o asesinados, por lo que se exige al Estado contar con esta información y desarrollar una estrategia integral para proteger a este grupo de la población contra cualquier tipo de violencia.

El embarazo en niñas y adolescentes es otra de las graves violaciones a los derechos humanos de este grupo de la población y refleja la ausencia o ineficacia de políticas públicas educativas y de salud, que prevengan estos embarazos que ponen en riesgo la salud, vida y proyecto de vida de miles de niñas. Seis de cada diez mujeres de 15 a 17 años son madres. En 2010 11 mil 682 niñas de entre 10 y 14 años de edad registraron un hijo, de éstas 244 eran niñas de 10 años de edad.

Respecto a la infancia migrante el Informe sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes ante el EPU elaborado por la REDIM indica que “no se cuenta con una política pública integral ni la institucionalidad necesaria para garantizar los derechos de la infancia involucrada en el fenómeno migratorio”. No existen acciones para atender a las niñas, niños y adolescentes repatriados de los Estados Unidos y se hace muy poco con el tema de la separación de las familias.

El informe contiene una lista de recomendaciones al Estado mexicano para que éste cumpla con su deber de proteger y garantizar los derechos de la infancia.  Para conocer más del trabajo de la REDIM y tener acceso a sus informes y comunicados recomiendo consultar su página: www.derechosinfancia.org.mx

@aluisanerio