lunes, 21 de septiembre de 2015

Un sindicato para las Trabajadoras del Hogar en México





Autora: Ana Luisa Nerio Monroy

Fecha 18 de septiembre de 2015

El Convenio No. 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), define al trabajo doméstico como el que se realiza en un hogar u hogares o para los mismos. La persona trabajadora doméstica (mujer u hombre) es aquella que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo. En México, desde hace varios años y con la idea de dignificar su labor se les llama trabajadoras/es del hogar. Debemos destacar que México no ha firmado ni ratificado este convenio, con lo que se genera una importante laguna legal para la protección de las personas ubicadas en este ámbito del trabajo.

Asimismo debemos subrayar que en la Ley Federal del Trabajo los derechos de las personas trabajadoras del hogar no están plenamente reconocidos ni protegidos. Esto genera un marco laboral y social favorable para la violación de los derechos humanos de este grupo de trabajadoras/es.

La OIT calcula que 53 millones de personas en todo el mundo se dedican al trabajo en el hogar remunerado. En México, de los 2.2 millones de personas dedicadas al trabajo del hogar remunerado, 91 por ciento son mujeres. La división social y de género en el trabajo ha influido de manera decisiva para que sean sobre todo las mujeres de escasos recursos, jóvenes, con poca instrucción escolar, y provenientes en un gran porcentaje de comunidades indígenas, las que realizan esta labor. Una de cada diez niñas y adolescentes que trabaja, lo hace como empleada del hogar y de cada 10 empleadas del hogar, ocho tienen entre 5 y 15 años.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) señala que en México 2 millones 11 mil 403 mujeres se emplean como trabajadoras del hogar y de éstas, sólo una de cada diez cuenta con un contrato formal. Esto favorece condiciones laborales precarias como la falta de seguro médico y prestaciones sociales (sólo el 19.53 por ciento de las trabajadoras del hogar se encuentran afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social). Asimismo genera relaciones de explotación laboral (exceso de horas de trabajo, ausencia de descansos y vacaciones) y diversas violaciones a los derechos humanos como la discriminación y la violencia de género.

Aunque el marco normativo de nuestro país no protege de manera adecuada los derechos laborales de las trabajadoras del hogar, la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011 nos da un marco importante para exigir derechos humanos, entre ellos los laborales. Un instrumento básico para esto es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales, Culturales (PIDESC), que en los artículo 6 y 7 reconoce  y protege los derechos a trabajar, al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que aseguren un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; condiciones de existencia dignas para las y los trabajadores y para sus familias; el descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las vacaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos.

El artículo 8 del PIDESC es particularmente importante para el tema que nos ocupa en esta ocasión. Garantiza el derecho de toda persona a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatutos de la organización correspondiente, para promover y proteger sus intereses económicos y sociales. El 30 de agosto de este año un grupo de trabajadoras del hogar,  coordinadas por el Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar (CACEH), aprobaron la creación del primer sindicato en México para las trabajadoras del hogar, y el pasado jueves 17 de septiembre fue realizado el registro del Sindicato Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar (Sinacttraho), ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.

A la fecha de su registro el Sinacttraho cuenta con poco más de cien mujeres afiliadas provenientes de entidades como Puebla, Estado de México, Distrito Federal, Colima y Chiapas. Como parte de sus exigencias, muy legítimas, por cierto, está que se les reconozcan los derechos laborales que marca la Ley Federal del Trabajo para cualquier otro tipo de trabajo: horarios, días de descanso, vacaciones, salario justo, seguridad social y contrato por escrito.

El Sindicato Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar apenas está naciendo, pero resulta una acción refrescante, necesaria y esperanzadora, tomando en cuenta que la política laboral y económica del país limita o violenta de manera cotidiana los derechos laborales individuales y colectivos de las y los mexicanos. Que un  grupo de mujeres, y vale la pena subrayar que son las mujeres, se organice, se informe, exija sus derechos y los haga visibles frente la sociedad, las y los empleadores y el gobierno, no puede menos que celebrarse. Por supuesto estas acciones tienen nombre, porque son personas de carne y hueso quienes se arriesgan a levantar la voz. En ese sentido hay que reconocer la labor de Marcelina Bautista, directora de CACEH, por ser una de las principales promotoras de este nuevo sindicato.

¡Enhorabuena! ¡Mucho Éxito!