miércoles, 16 de octubre de 2013

Derecho a la alimentación y derechos culturales



Derecho a la alimentación y derechos culturales

16 de octubre de 2013
Autora: Ana Luisa Nerio Monroy

El 16 de octubre es el Día Mundial de la Alimentación y esta fecha, comúnmente se visibiliza para hablar de la necesidad de erradicar el hambre en el mundo,  (tema  sin duda relevante), pero en esta ocasión deseo hablar de la alimentación como un derecho y en particular, de un derecho con un importante componente cultural. El derecho a la alimentación es el derecho que todas las personas tienen al acceso, goce y disfrute a alimentos de calidad y en cantidad suficiente, para desarrollar sus actividades físicas y mentales sin contratiempos. El derecho a la alimentación no implica que el Estado de comer a cada persona sino que genere las condiciones adecuadas para que se produzcan y adquieran alimentos de calidad y en la cantidad necesaria.

La alimentación es un derecho humano que va más allá de la ingesta de nutrientes o del conteo de calorías; implica el acceso económico y físico a los alimentos, la inocuidad de éstos y su pertinencia cultural. Los alimentos deben ser culturalmente aceptables para una sociedad, por ejemplo, el maíz es parte de la tradición alimentaria del pueblo mexicano y por ello el que se ponga en riesgo su existencia mediante la siembra de semillas transgénicas atenta contra los derechos a la alimentación, a la salud y a la cultura.

Pocas veces nos detenemos a analizar el componente cultural del derecho a la alimentación pero es fundamental, justo para ver a este derecho como algo integral y no sólo como una medición de indicadores sobre la nutrición. La alimentación culturalmente aceptable es una de las características que la Observación General 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce como parte del contenido de este derecho. La alimentación  forma parte de la cultura de las personas y pueblos; conlleva una gran cantidad de rituales para la preparación de alimentos y de actividades sociales. “tomarse un café con una amiga” no sólo es un acto de ingerir una bebida, tiene una función social. En algunas culturas, los alimentos tienen propiedades curativas y funciones místico-religiosas.

Un ejemplo claro del aspecto cultural del derecho a la alimentación es la ofrenda de Día de Muertos que se coloca en varios estados del país, sobre todo de la región centro.  Esta tradición que data de épocas prehispánicas y que  conjuga religiosidad con estética y alimentos, parte de la idea de que hay que iluminar el camino hacia un más allá en el que los muertos y muertas encontrarán paz y descanso. Los honramos y recordamos colocando  alimentos porque los alimentos son vida, son amor, son una forma de mostrar nuestro cariño. En una ofrenda “ofrecemos”  aquello que le gustaba a nuestra muerta o muerto, su dulce, guisado, postre o fruta favorita. De paso también un tequilita, un jarro con un buen café, etcétera. Los alimentos en una ofrenda son junto con las velas (para iluminar un camino), las flores (alegría y olor que guía a las almas), y el agua (indispensable para la vida) componentes indispensables en una ofrenda.

Alimentación y cultura son derechos hermanados a través de una gran cantidad de rituales sociales: el pastel de boda; la cena de navidad; la comida para celebrar un cumpleaños; etcétera.  Comer y compartir el momento de los alimentos es uno de los actos más humanos y más importantes de cada día.  Cualquier celebración  implica sin excusa, alimentos. Cada pueblo, cada país, cada región, hace de los alimentos parte de su cultura y en México alimentos y cultura son una combinación privilegiada. La comida yucateca con su cochinita pibil y sopa de lima, Oaxaca y su mole negro o sus tlayudas; Veracruz y sus mariscos; la zona centro con sus quesadillas, tlacoyos,  gorditas y tamales; Coahuila y sus tortillas de harina, su machaca con huevo o sus “migas” con chile;Guadalajra y su birria, Guanajuato y sus enchiladas mineras, son algunos ejemplos de cómo los alimentos expresan una forma de ser de cada pueblo,; nos habla de sus tradiciones y de sus recursos naturales. Sin duda son diferentes la cultura del “arroz” de países asiáticos a los pueblos del maíz de Mesoamérica y los consumidores de papá de Europa. Hoy 16 de octubre, Día Mundial de la Alimentación, recordemos que la alimentación es un derecho humano integral y complejo y en esa complejidad su componente cultural juega un papel fundamental en la vida de las personas y los pueblos.

@aluisanerio

miércoles, 9 de octubre de 2013

Día Mundial por la Abolición de la Pena de Muerte 2013




Día Mundial por la Abolición de la Pena de Muerte 2013



9 de octubre de 2013

Autora: Ana Luisa Nerio Monroy


El 10 de octubre se conmemora el Día Mundial por la Abolición de la Pena de Muerte. Este castigo tan antiguo como la humanidad, es visto desde el enfoque de los derechos humanos, como cruel, inhumano y degradante. Diversos estudios han demostrado que la pena de muerte no tiene un efecto disuasivo en la comisión de delitos, su costo suele ser elevado, da lugar a una gran cantidad de injusticias y arbitrariedades y por más evolucionados que sean los métodos de ejecución, no dejan de constituir una forma de tortura. La pena de muerte tiene consecuencias irreparables pues en caso de error, no hay manera de volver a la vida a la persona ejecutada; es común que personas con enfermedades mentales, los más pobres y las minorías étnicas y raciales, sean sentenciadas a muerte ya que existen fuertes componentes discriminatorios en la aplicación de este castigo.

A pesar de la tendencia abolicionista, existen países que mantienen la pena de muerte dentro de sus sistemas legales y que realizan ejecuciones. De acuerdo con datos de Amnistía Internacional, durante el 2012, 682 personas fueron ejecutadas, cifra que no incluye datos de China debido a la imposibilidad de contar con información confiable de ese país. En 21 países se pudieron confirmar ejecuciones. Arabia Saudí, China, Estados Unidos (EUA) Irak e Irán son los estados que llevaron a cabo mayor número de ejecuciones. En los EUA nueve estados realizaron ejecuciones en 2012 pero Connecticut se convirtió en el decimoséptimo estado de la unión americana en abolir la pena de muerte.

Bielorrusia es otra vez el único Estado europeo en aplicar la pena capital, con al menos tres ejecuciones en el año. Hubo 58 países en los que se dictaron sentencias de muerte mientras que en 2011 se dictaron 63 y en 2010, 67, por lo que podemos hablar de que la tendencia abolicionista va ganando terreno pues en el 2003 ochenta países habían abolido la pena de muerte y para el 2012 ya eran 97.

Desde hace varios años y como consecuencia del interés de diversas organizaciones de derechos humanos se ha promovido una moratoria mundial a la pena de muerte. En diciembre de 2012 ciento once Estados votaron en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas a favor de una moratoria de las ejecuciones (en 2010 la resolución fue votada por 109 estados).

Entre las malas noticias que nos comparte Amnistía Internacional en torno a este castigo tenemos que la India llevó a cabo su primera ejecución desde 2004; Japón ejecutó a tres presos en el mes de marzo, con lo que reanudó las ejecuciones después de 20 meses sin realizar ninguna; más adelante en el año se llevaron a cabo otras cuatro ejecuciones. Pakistán también reanudó las ejecuciones en noviembre. Un caso lamentable es el de Gambia, país que después de casi 30 años sin que se aplicara la pena de muerte, realizó nueve ejecuciones a finales de agosto.

La Coalición Mundial contra la Pena de Muerte ha dedicado la conmemoración de este año a visibilizar la situación de los países del Caribe. Destaca que Barbados, Guyana y Trinidad y Tobago dictaron sentencias a muerte. Cuba y Dominica mantienen en su legislación este castigo pero no han realizado ejecuciones en años recientes. Cuba junto con Guatemala, son los dos Estados de habla hispana de la zona de América Latina y el Caribe que mantienen la pena capital.

México abolió la pena de muerte en 2005 aunque no se realizaban ejecuciones desde principios del siglo XX. La aplicación de este castigo en EUA es tema de interés y preocupación para nuestro gobierno ya que un gran número de personas de origen mexicano están sentenciados a muerte en aquél país. México ya ha acusado a los Estados Unidos de América de no respetar el derecho a la protección consular de nuestros connacionale, lo que ha afectado sus derechos al debido proceso y juicio justo. Tanto ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos como ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), México llevó procesos que en el primero le dieron la razón sobre el derecho a la protección consular como parte del derecho al debido proceso mediante la Opinión Consultiva OC/16-99; la CIJ por su parte, mediante la sentencia en el Caso Avena, solicita a los Estados Unidos revise los juicios de los 51 mexicanos condenados a muerte por posibles errores en los procesos judiciales. A pesar de esto ya se han realizado ejecuciones de personas que estaban dentro del Caso Avena: José Ernesto Medellín (mayo de 2008), y Humberto Leal, (julio de 2011) y hay otra ejecución programada, la de Edgar Tamayo, quien tiene fecha para enero de 2014. El gobierno está revisando la estrategia legal para evitar esta ejecución. Otro caso que ha resonado en años recientes es el de los hermanos González Villarreal, tres hermanos  de nacionalidad mexicana condenados en Malasia por narcotráfico a quienes se ha ratificado la condena y que están en espera del perdón del Rey, posible única forma de salvar la vida. La Secretaría de Relaciones Exteriores está analizando qué puede hacerse para evitar la ejecución, por lo que aunque en nuestro país no se aplique este castigo, no podemos ser indiferentes a su existencia en el mundo.

@aluisanerio

lunes, 30 de septiembre de 2013

Personas adultas mayores, dignidad, derechos y discriminación



Personas adultas mayores, dignidad, derechos y discriminación
(Parte2)

Autora. Ana Luisa Nerio Monroy
30 de septiembre de 2013

La discriminación impide, obstaculiza o restringe el goce y ejercicio de los derechos humanos; se le considera un eje transversal, es decir que permea o atraviesa por todos los derechos, para entender el por qué la población, sujeta a diversas condiciones, características o situaciones, no puede hacer efectivos sus derechos. La discriminación por edad avanzada es una de las más comunes a nivel mundial y nuestro país no es la excepción. La discriminación hacia las personas adultas mayores es un problema arraigado culturalmente en la sociedad y en nuestros tiempos se acentúa debido, entre otras posibles causas, a la tendencia a sobrevalorar la juventud y el concepto de belleza. Lo que es joven es bello y viceversa. La juventud se equipara con bienestar, la salud, poder y productividad. En contrario sensu, la vejez se asimila con el declive, la enfermedad, la pérdida de capacidades físicas, económicas y productivas.

En materia de discriminación hacia las personas adultas mayores, la encuesta Nacional de Discriminación 2010 (ENADIS 2010) del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) indica que 27.9 por ciento de las personas mayores de 60 años han sentido alguna vez que sus derechos no han sido respetados por su edad. En el caso del Distrito Federal, entidad con el mayor porcentaje de personas mayores de 60 años, La Encuesta sobre Discriminación en la Ciudad de México (EDIS-CdMx 2013) del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México (Copred) revela que el 7 por ciento de la población encuestada considera que la edad avanzada es una de las principales causas de discriminación; el 83 por ciento dice que sí se discrimina a las personas adultas mayores; de los 40 grupos de población discriminados en la Ciudad de México, las personas adultas mayores ocupan el quinto lugar.

A pesar de que uno imaginaría que en un país con tanto apego o los ideales de la “familia unida”, las personas adultas mayores son objeto de violencia, discriminación y exclusión social. El primer espacio en donde muchas personas adultas mayores son maltratadas física, económica y emocionalmente, es la familia. El Instituto Nacional de Geriatría señala que (http://www.geriatria.salud.gob.mx/descargas/FS_VIOLENCIA_MALTRATO.pdf) de diversos estudios revisados uno indica que en 2006, se estimó una prevalencia de violencia contra personas adultos mayores de 16.2 por ciento para la Ciudad de México. La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, realizada en 2011, revela que 17.8 por ciento de las mujeres con 60 y más años de edad habían sufrido al menos un tipo de violencia en los últimos doce meses por parte de su pareja actual. Una de las graves  formas de violencia contra las personas adultas mayores en la económica que en algunos casos implica el despojo de sus pertenencias, incluyendo sus viviendas.

Por supuesto existe la violencia estructural en donde ubicamos a todo este sistema económico, social y político en el que las personas adultas mayores son: 1) De acuerdo a su capacidad de consumo, potenciales clientes o “nichos de mercado” para productos variados que van desde lugares de entretenimiento hasta productos para el cuidado de la salud; 2) Usuarios de servicios públicos y privados en lo que, nuevamente, dependiendo del ingreso que poseen o hayan acumulado, son vistos como clientes o beneficiarios en una lógica asistencialista; 3) Potenciales votantes.

A manera de guía, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) cuenta con “Los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad” aprobados mediante la resolución 46/91 de la Asamblea General del 16 de diciembre de 1991. Estos principios, si bien no son vinculantes, sirven de referencia sobre los mínimos que deben realizar los Estados a favor de su población adulta mayor para que: tengan acceso a alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de salud adecuados; la oportunidad de trabajar o de tener acceso a otras oportunidades de generar ingresos; acceso a programas educativos y de formación adecuados; la posibilidad de vivir en entornos seguros; permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afecten directamente a su bienestar y poder compartir sus conocimientos y pericias con las generaciones más jóvenes; disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad; acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional; acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado; disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidados o tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad; poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotación y de malos tratos físicos o mentales; recibir un trato digno, independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su contribución económica.

Al mismo tiempo es necesario insistir en la responsabilidad que como sociedad tenemos en promover el respeto y cuidado de las personas adultas mayores. Reeducarnos, educar y formar a las nuevas generaciones en el reconocimiento de los saberes de las personas adultas mayores, revalorar sus experiencias y recordarnos que todas y todos envejeceremos.

@aluisanerio